La Ley de Consumo Sostenible contempla la prohibición de publicidad de la gasolina

Publicado: 24/06/2025
Precisan que dentro de esta medida está excluida la prohibición de publicitar el gas
La futura Ley de Consumo Sostenible, en la que trabaja el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, prevé la prohibición de cualquier tipo de publicidad sobre productos energéticos compuestos exclusivamente por derivados de origen fósil, sin participación de componentes renovables, cuando sea emitida por empresas del sector del carbón o del petróleo.

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes del departamento que dirige Pablo Bustinduy, que precisan que dentro de esta medida está excluida la prohibición de publicitar el gas.

Esta nueva norma busca luchar contra el 'ecoblanqueo' o 'greenwashing' es decir, aquellas técnicas de comunicación engañosas o alegaciones medioambientales que no tienen respaldo científico y que son usadas por parte de algunas empresas para publicitar sus marcas como sostenibles cuando en realidad no lo son. También prevé incluir el derecho a reparar como principio básico.

La normativa, que ya pasado por el trámite de consulta pública, tiene por objeto la trasposición de las Directivas de Empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica y la del Derecho a reparar, así como la regulación de diversas materias que ahondan en un consumo sostenible de bienes y servicios.

"El consumo sostenible supone la adquisición de bienes y servicios en el presente sin comprometer los recursos y capacidades del futuro", destacan las fuentes consultadas por Europa Press, que añaden que "el compromiso con la transición hacia un consumo íntegramente sostenible ha sido asumido en el conjunto de la Unión Europea, a través del Pacto Verde Europeo".

Por medio de la transposición de esta norma, el Gobierno introduce en la normativa nacional varias novedades. En primer lugar, se prohíbe realizar una afirmación medioambiental genérica para la que la empresa no pueda demostrar un comportamiento medioambiental excelente.

Entre los ejemplos de afirmaciones medioambientales genéricas prohibidas se incluyen: 'respetuoso con el medio ambiente', 'amigo del medio ambiente', 'verde', 'bueno para la naturaleza', 'ecológico', 'inocuo para el medio ambiente', 'respetuoso con el clima', 'delicado con el medio ambiente', 'inocuo en términos de carbono', 'eficiente desde el punto de vista energético', 'biodegradable', 'de origen biológico' o declaraciones similares.

Asimismo, se dota de mayor credibilidad a las etiquetas de sostenibilidad, que deberán basarse en sistemas de certificación y se prohíbe presentar los requisitos legales impuestos a todos los productos de una misma categoría como si fueran una característica distintiva de la oferta del comerciante.

La norma también prevé prohibir las afirmaciones a nivel de producto basadas en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero. Además, las empresas no podrán indicar que un producto tiene un impacto medioambiental neutro, reducido o mejorado basándose únicamente en programas de compensación.

Del mismo modo se prohíbe realizar una afirmación medioambiental sobre la totalidad del producto o sobre toda la empresa cuando solo se refiera a un determinado aspecto del producto o a una actividad específica de la empresa.

Una vez aprobada será la primera ley que haya en España centrada exclusivamente en fomentar el consumo sostenible, tanto desde el punto de vista de las propias personas consumidoras como desde la producción.

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