La jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, ha solicitado al Tribunal Supremo (TS) que le archive la causa donde consta como investigada junto al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, alegando, por un lado, que su comportamiento fue legal porque se limitó a cumplir las órdenes que le dio Álvaro García Ortiz y, por otro, que en todo caso la información presuntamente filtrada a la que tuvo acceso no puede considerarse un secreto revelado porque ya era conocida.
Así se pronuncia su defensa en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, donde se dirige al instructor del caso, Ángel Hurtado, que la investiga junto al jefe del Ministerio Público por una presunta revelación de secretos contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
La defensa insiste en que las actuaciones de Rodríguez "se han limitado a una conducta profesional desarrollada con arreglo a la normativa y pautas que rigen la actividad de todos los miembros del Ministerio Fiscal".
ATENDÍA ÓRDENES DEL FISCAL GENERAL
En este sentido, explica que, al igual que los fiscales Diego Villafañe y Julián Salto, que estuvieron imputados y se les acabó archivando el caso, y Virna Alonso, que ni siquiera ha sido interrogada como testigo, la conducta de Rodríguez "no fue otra que la de atender las órdenes e instrucciones que recibió del fiscal general de Estado, todo ello dentro de sus competencias y obligaciones, con absoluto apego a la legalidad aplicable".
Al hilo, efectúa un relato cronológico de los hechos investigados para recordar que Rodríguez solo intervino, en primer lugar, para visar la denuncia por presuntos delitos fiscales que Salto formuló contra González Amador, como era habitual, por lo que "no supuso ninguna especialidad". "De hecho, en ese momento ni mi representada ni en la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía de Madrid tenían conocimiento de que el denunciado tuviera relación alguna con la presidenta de la Comunidad de Madrid", afirma.
Además, enfatiza que "durante el tiempo que dichas actuaciones permanecieron en la Fiscalía Provincial de Madrid no se produjo filtración o difusión a terceros de la información obrante en las mismas".
Una vez presentada la denuncia en los juzgados de Madrid, recalca que "el día 6 de marzo de 2024 por la tarde algunos medios de información se dirigieron a la Fiscalía General del Estado preguntando por las diligencias seguidas contra una empresa denominada Maxwell Cremona que pudiera tener vinculación con González Amador, al que relacionaban con la presidenta de la Comunidad de Madrid".
Tras ello, continúa, Rodríguez atendió el requerimiento de Villafañe, el 'número dos' de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (FGE), para enviarle, entre el 7 y el 8 de marzo de 2024, toda la documentación relativa al caso de González Amador porque, a su vez, así se lo había requerido a Villafañe el propio fiscal general del Estado.
La defensa subraya que no fue hasta que comenzaron las publicaciones en prensa, los días 12 y 13 de marzo, cuando Rodríguez volvió a intervenir, nuevamente a petición de García Ortiz, para que la noche del 13 de marzo reclamara a Salto la cadena completa de 'emails' que se intercambió con el abogado del empresario como parte de sus negociaciones para llegar a un acuerdo.
Finalmente, sobre la nota de prensa difundida la mañana del 14 de marzo por la Fiscalía para desmentir lo que consideraba un "bulo", en alusión a lo publicado por 'El Mundo' a las 21:29 del 13 de marzo, donde se indicaba que era Salto quien había buscado el pacto, en vez de al revés, como ocurrió, la defensa de Rodríguez sostiene que la fiscal solo visó el contenido de ese comunicado la madrugada del 14 de marzo y que finalmente se publicó una versión modificada que desconocía.
"NO HIZO NADA INSÓLITO"
La defensa reivindica que Rodríguez "no hizo nada insólito o sospechoso en la actividad cotidiana del Ministerio Público" sino que cumplió "de forma absolutamente ajustada" a "un procedimiento habitual y regulado" en la normativa interna de la FGE, que es la dación de cuentas. "Al atender las instrucciones y requerimientos recibidos" de la FGE sobre "un asunto relevante, ningún comportamiento anómalo o censurable realizó mi representada", asevera.
Sobre esto, recalca que "el incumplimiento de las órdenes o requerimientos recibidos" por parte de un superior jerárquico, en este caso el propio García Ortiz, "puede suponer responsabilidad disciplinaria para el fiscal que las desatendiere".
En todo caso, argumenta que "es un hecho plenamente acreditado" que Rodríguez "no filtró, no difundió ni comunicó información alguna a la prensa o persona o institución ajena al Ministerio Fiscal".
Y remata esgrimiendo que tampoco hay delito alguno porque "la información confidencial, y que no debía ser divulgada, había sido ya revelada y era suficientemente conocida por diversos medios de comunicación" antes de que su representada "tomara conocimiento de ella".
Al respecto, manifiesta que, "para que algo sea considerado secreto, debe ser confidencial, no accesible a los demás", de modo que "no puede considerarse secreto lo que ya ha sido divulgado". "Una vez que se ha hecho público, la protección penal contra revelaciones indebidas debe decaer", fija.
En este punto precisa que, según testimonios de varios periodistas, algunos conocían la existencia de una investigación fiscal contra González Amador desde el 6 de marzo, un día después de que el asunto se judicializara; y otros tuvieron conocimiento de las negociaciones para llegar a un acuerdo de conformidad antes de que se publicara información sobre el 'email' del 2 de febrero de 2024 en el que la defensa se ofrecía a reconocer dos delitos fiscales.
Para la defensa, "la confidencialidad de las comunicaciones entre profesionales ya se había infringido con la publicación de la información de 'El Mundo'" porque ya se plasmaba la existencia de negociaciones para un acuerdo de conformidad.
"Dejaron de ser secretas desde el momento que el letrado (de González Amador, Carlos) Neira le hizo llegar a su cliente el correo de 12 de marzo y González Amador lo remitió a Miguel Ángel Rodríguez (jefe de gabinete de Díaz Ayuso) que, a su vez, lo divulgó" a la prensa, dice en alusión al 'email' donde Saltó respondió a la oferta de pacto.
Con todo, la defensa concluye que la conducta de Rodríguez "no es constitutiva de infracción penal alguna, por lo que procede el sobreseimiento libre de las actuaciones" en su contra.