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La Tribuna de Nertis

Las consecuencias del apagón

Álvaro Moreno,abogado en Nertis ETL Global, nos relata las consecuencias del gran apagón que sufrió España el pasado lunes

Publicado: 02/05/2025 ·
08:57
· Actualizado: 02/05/2025 · 08:57
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La sociedad, la política o la justicia desde el punto de vista de los miembros del despacho Nertis Legal

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El apagón eléctrico que afectó a toda España en el día de ayer ha generado un fuerte impacto entre la ciudadanía, no solo por las molestias ocasionadas, sino también por las posibles consecuencias jurídicas que podrían derivarse del corte del suministro eléctrico.

De acuerdo con la legislación vigente, en especial el Real Decreto 1955/2000, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, las compañías distribuidoras tienen la obligación de garantizar la continuidad y calidad del suministro. Si se produce una interrupción que supera ciertos límites, los usuarios pueden tener derecho a compensaciones económicas automáticas, que deben reflejarse en la factura eléctrica.

En los casos en los que el apagón haya causado daños materiales -como electrodomésticos averiados o pérdidas de productos perecederos en establecimientos, la propia actividad empresarial- los afectados pueden presentar reclamaciones adicionales. Para ello, deben documentar adecuadamente los daños sufridos (fotografías, facturas de reparación o sustitución, informes técnicos, etc.) y presentar una reclamación formal ante la empresa distribuidora. En caso de no obtener respuesta, puede recurrirse a organismos como las Juntas Arbitrales de Consumo o incluso a la vía judicial. ¿Cómo y dónde reclamar?

1. Contacto con la compañía eléctrica: Se debe presentar una reclamación formal, preferiblemente por escrito, indicando fecha, hora y duración del apagón, así como los daños sufridos.

2. Si la compañía no responde o la solución no es satisfactoria, el usuario puede acudir a la Dirección General de Consumo de su comunidad autónoma.

3. En última instancia, el consumidor puede optar por la vía civil para reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios.

Aunque los apagones pueden considerarse hechos excepcionales, la normativa española ofrece herramientas para que los consumidores afectados puedan reclamar y, en su caso, ser indemnizados. La clave está en actuar con rapidez, recopilar pruebas y utilizar los canales oficiales de reclamación.

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