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Accidentes por la cera en calzadas y aceras

Aunque el procedimiento suele ser largo y terminar muchos de ellos en los tribunales, merece la pena pelear si ha sido cuantioso

Publicado: 24/04/2025 ·
14:23
· Actualizado: 24/04/2025 · 14:23
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Autor

José Antonio Jiménez Rincón

Persona preocupada por la sociedad y sus problemas. Comprometido con la Ley y el orden

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Posiblemente muchos ciudadanos desconocen que, si sufren una caída en la acera porque ésta está manchada por la cera de los cirios o tienen un accidente con su vehículo por deslizamiento al frenar en las calzadas -por el mismo motivo-, pueden reclamar los daños o lesiones al ayuntamiento. Y, aunque el procedimiento suele ser largo y terminar muchos de ellos en los tribunales, merece la pena pelear si ha sido cuantioso. El resultado dependerá de las circunstancias del accidente y del tribunal que juzgue la causa en caso de llegar a pleito. Hay sentencias y jurisprudencias de todos los colores. Por ejemplo, en Sevilla donde salen muchísimas cofradías por toda la ciudad, es muy normal que haya cera en la acera y calles; por lo que se ha dado el caso de que los tribunales han preguntado al perjudicado: ¿Es usted de Sevilla?; ¿Conoce la Semana Santa?; ¿Sabe que los hermanos llevan cirios y que éstos sueltan cera? Si la persona es de Sevilla va a decir que sí. Entonces se le desestima la indemnización porque la víctima debió conocer por donde andaba o circulaba. Una barbaridad, porque ¿qué pasa cuando la persona no es de Sevilla y no conoce la Semana Santa y sufre un accidente?

Vamos a ver qué se puede hacer. Lo primero es conocer que el Ayuntamiento, como titular de la concesión de la limpieza, debe, una vez finalice la Semana Santa, ordenar la limpieza de las zonas donde hay cera. Primero las aceras y, simultáneamente si es posible, las calles más peligrosas como las que la circulación se hace cuesta abajo y con curvas, cuestión más difícil para frenar sin deslizarse. Lo segundo es que el ayuntamiento debe colocar paneles informativos bien visibles en las calles por donde circulan los vehículos, advirtiendo que hay cera en la calzada y que es un piso deslizante. El cartel debe ser advertido por todos los conductores desde la calle por donde acceda a esa calzada manchada, pues es deber del ayuntamiento como propietario de los viales y las aceras informar de los peligros y limpiarlas.

Hay opiniones de que la responsabilidad debería ser de las cofradías, las cuales lo mismo que organizan las salidas de sus titulares, posteriormente, entre todas y una vez acabe la Semana Santa, afrontasen la limpieza de las calles por donde han pasado. Pero esto no es así porque el ayuntamiento asume la limpieza con la concesionaria... Y también los pleitos. Otro gallo cantaría si fuese al revés.

En cuanto a las personas que sufran un accidente, bien como peatón, bien como conductor, he aquí algunos consejos: requerir a la Policía Local para que levante informe o atestado que dé constancia legal que ha ocurrido el accidente (importante); tomar fotografías de la acera o calle afectada y si hay o no señales de advertencia de posible deslizamiento por cera; en el caso de un vehículo, aportar peritaje y fotos y para los peatones afectados, partes facultativos e informes médicos; y tomar nota de testigos si los hubiera. Aconsejo que todo sea gestionado por un abogado, ya que el procedimiento de reclamación a la administración está hecho para aburrir a las hormigas si no eres un experto. Se dispone de un año desde que ocurre el siniestro para presentar la reclamación (hacerlo lo antes posible en lesiones graves o daños cuantiosos), pero siempre que se tenga toda la documentación. El procedimiento de Responsabilidad Patrimonial de la Administración es lento y muy fragoso, vamos que si lo haces por tu cuenta, date por perdido. Suelen dar como respuesta el silencio administrativo, que en la administración es muy común, en cuyo caso ya solo quedan algunos recursos e ir al contencioso administrativo.

Luego hay sentencias de todos los gustos. A favor del demandante: la Audiencia de Málaga reconoció la responsabilidad por negligencia de la empresa de Servicio de Limpieza, en la caída que sufrió una motorista como consecuencia de los restos de cera que habían quedado en el asfalto, después de que pasara un paso procesional durante la Semana Santa malagueña de 2018. En contra, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia previa que avala la desestimación de una reclamación formulada por una vecina del centro de Sevilla en demanda de que el Ayuntamiento la indemnizase por una caída fruto de “la gran cantidad de cera vertida en la calle por los nazarenos de la Semana Santa”; considerando que como residente en el casco histórico “es consciente de que el vertido de la cera representa una de las consecuencias endémicas de los pasos”, que se trata de un material “percibido a simple vista” y evitable con el “debido cuidado” y que la mujer “disponía de un corredor de paso seguro”, pero no hizo uso del mismo. A favor; el Domingo de Ramos del año 2018 le salió algo más caro al Ayuntamiento de Cádiz, pues en las salidas procesionales de Borriquita y Despojado tuvo que abonar 679,38 euros a una motorista que resbaló por la presencia de cera en García de Sola, aunque solicitó más de 2.000 euros.  Por tanto, mucho ojo en estos días y mirar bien al suelo. Y suerte.

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