Durante el juicio iniciado este jueves por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla sobre el expediente de regulación de empleo (ERE) promovido por la empresa Río Grande, gestora del conocido restaurante de la calle Betis de la capital andaluza, con cargo a los fondos autonómicos del mecanismo de financiación de los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias; el exdirectivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín ha negado que cobrase “comisiones” y ha asegurado que el exsindicalista de UGT Juan Lanzas, también acusado en la causa, era un “comercial externo” a la entidad.
Albarracín ha sido el primero de los acusados en comparecer en este juicio, que se dirige además contra el exsindicalista de UGT Juan Lanzas; su pareja Beatriz N.M.; la dueña de la entidad Río Grande, María del Carmen García Sánchez; el que fuera comercial de Vitalia Francisco González; Eduardo L.D.R. por la entidad Atrado Mensajería; Carlos L.B. por un bufete de abogados y finalmente Carmen Fontela, quien figuraba en el ERE promovido por el restaurante Río Grande en 2005 y cobró del mismo, pese que no formaba parte de la plantilla.
Durante su comparecencia, Antonio Albarracín, actualmente en prisión por sus condenas previas por las múltiples piezas separadas de la macrocausa de los ERE con relación a él; ha respondido exclusivamente a su abogado defensor, ante el cual ha asegurado que como responsable de la consultora Vitalia Vida, no cobró “comisiones” por este ERE ni por los demás; desvinculándose además del papel de Carmen Fontela como “intrusa” en las prejubilaciones acordadas para la plantilla del restaurante Río Grande, en el cual nunca había trabajado.
Con relación a Juan Lanzas, otro de los principales acusados en el juicio y que no ha asistido a esta primera sesión al estar siendo intervenido quirúrgicamente esta misma jornada, Albarracín ha asegurado que era un “comercial externo” de la oficina de Vitalia en Sevilla.
Modificación de la acusación
La Fiscalía reclamaba para Lanzas en su escrito provisional de acusación, por un presunto delito de prevaricación en concurso con malversación; siete años de prisión y 18 de inhabilitación absoluta. Para los demás acusados, las peticiones eran similares. Sin embargo, en la fase de cuestiones previas, la fiscal del caso ha anunciado una modificación del escrito, aplicando el artículo 65.3 del Código Penal.
Fruto de ello, la nueva petición solicita tres años de prisión y siete de inhabilitación absoluta para la mayoría de los acusados por presunta malversación y ocho años de inhabilitación especial por presunta prevaricación. Para Carmen Fontela, la presunta “intrusa”, la Fiscalía pide dos años de prisión y cinco de inhabilitación absoluta, además de siete años de inhabilitación especial.
Subvenciones irregulares
Según el juez, la administradora única María del Carmen García tuvo conocimiento de que la Junta podía otorgar fondos públicos “al margen de los procedimientos establecidos”, logrando una subvención de 1.531.300 euros que “no consta formalmente entre las ayudas concedidas” y se abonó mediante el sistema de “pagos cruzados”.
La investigación destaca la intervención de Juan Lanzas, con vínculos a UGT y al despacho Estudios Jurídicos Villasís, como intermediario clave. La empresa Atrado, propiedad de Lanzas, era utilizada para facturar y recibir fondos, además de generar efectivo para pagar gratificaciones encubiertas.
El despacho de abogados habría asesorado a la empresa en el diseño del ERE y en la tramitación de las ayudas ilícitas, implicando a su socio Carlos L.B.
El papel de Carmen Fontela
Vitalia incluyó en el ERE a Carmen Fontela, quien cobró 155.605 euros pese a no haber trabajado en el restaurante, destinando el dinero al lucro personal de Lanzas y Francisco González, salvo 1.750 euros que habría usado para sí.
Además, el juez destaca que se incluyó en el ERE a una trabajadora cercana a la edad de jubilación, sin justificar la necesidad económica de la empresa. La Junta de Andalucía asumió el 90,7% del coste de las indemnizaciones sin constar estudios económicos que avalaran dicha necesidad.